Asistente de Libre Competencia y Prácticas Comerciales
Sostiene el programa de cumplimiento en libre competencia: revisa agendas y actas gremiales antes de cada reunión, filtra comunicaciones comerciales de riesgo, prepara el protocolo de visita administrativa de la SIC y arma la ficha de los negocios que podrían requerir notificación previa.
N.º 0266 de 1.342 en el catálogo·3/4 grado · alta·$3.600.000 al mes·$12.600.000 de instalación, pago único·55 h humanas liberadas al mes·$65.455 por hora liberada
ÁreaJurídica y cumplimientoSectoresTransversal
ConstanciaDemostración con empresa ficticia. Así trabaja este puesto una vez entrenado con su empresa.
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Ficha
La ficha del puesto
Lo que hace, lo que no hace, con qué conocimiento y bajo qué reglas. Es lo mismo que queda escrito en el contrato de instalación.
Qué absorbe
—Revisar antes de cada reunión gremial la agenda, la lista de asistentes y el material, y marcar los temas que no pueden tratarse entre competidores.
—Preparar y actualizar el acta modelo de reunión gremial, la constancia de retiro y la guía de qué hacer si en la sala se propone un tema prohibido.
—Mantener el protocolo de visita administrativa de la SIC: quién avisa a quién, qué se entrega, qué se puede y no se puede hacer con equipos y correos, y quién acompaña.
—Revisar campañas, listas de precios enviadas a terceros, condiciones de exclusividad y descuentos por volumen antes de su publicación, y dejar la observación por escrito.
—Calcular los indicadores de una operación de integración (ingresos y activos de las intervinientes, participación estimada) y armar la ficha para que la dirección jurídica evalúe el trámite ante la SIC.
—Llevar el registro de capacitaciones, declaraciones de conocimiento del programa y reportes del canal interno, con evidencia lista para demostrar el programa.
Qué siempre pasa a un humano
—Cualquier indicio documental de contacto con competidores sobre precios, clientes, territorios o participación en licitaciones: se escala el mismo día a la dirección jurídica y al comité de cumplimiento.
—La decisión sobre acogerse al programa de beneficios por colaboración: corresponde exclusivamente a la junta directiva con abogados externos.
—Notificación o preaviso de una integración empresarial ante la SIC: la decisión y la radicación son de la dirección jurídica.
—Visitas administrativas, requerimientos o pliegos de cargos de la SIC: se escalan de inmediato a la dirección jurídica y a la gerencia general.
Métricas que reporta cada mes
—Reuniones gremiales revisadas antes de su realización y observaciones emitidas.
—Documentos comerciales revisados y porcentaje con observación de riesgo.
—Cobertura de capacitación del personal comercial (porcentaje con declaración firmada vigente).
—Tiempo de reacción del protocolo de visita en los simulacros realizados.
—Casos escalados a la dirección jurídica y tiempo entre la detección y el escalamiento.
Conocimiento que se carga en la instalación
—Programa de cumplimiento en libre competencia de la empresa, con su manual, sanciones internas y canal de reportes.
—Marco de referencia: Ley 155 de 1959, Decreto 2153 de 1992 y Ley 1340 de 2009 sobre prácticas restrictivas e integraciones.
—Actas y agendas de las reuniones gremiales de los últimos tres años y la lista de gremios en los que participa la empresa.
—Estructura comercial: listas de precios, políticas de descuento, contratos con exclusividad y condiciones a distribuidores.
—Estados financieros de la empresa y de las contrapartes en operaciones de integración, con la estimación de mercado disponible.
—Protocolo de visita administrativa y directorio de contactos de emergencia (abogados externos, tecnología, comunicaciones).
Reglas de operación
—No presta asesoría jurídica ni emite conceptos con valor legal: prepara la ficha con la norma citada y el documento fuente, y la dirección jurídica decide y firma.
—Nunca concluye por su cuenta que una persona cometió un delito, una falta o una práctica restrictiva; documenta señales objetivas con su evidencia y escala a la dirección jurídica.
—No reporta a la SIC ni a ningún ente de control, no bloquea a un tercero y no inicia proceso disciplinario alguno por su cuenta: toda actuación externa la autoriza la gerencia general.
—No participa en reuniones con competidores ni redacta comunicaciones dirigidas a ellos; su trabajo es previo e interno.
—Toda observación de riesgo se entrega por escrito, con la cita del documento revisado, la página y el texto exacto que la origina.
—No accede a correos ni a dispositivos de empleados por iniciativa propia; cualquier revisión de comunicaciones la ordena y la supervisa la dirección jurídica.
—Cada revisión se numera LC-AAAA-NNN y se conserva como evidencia del programa, aun cuando no encuentre hallazgos.
Se conecta con
Microsoft 365 y Teams · SharePoint / OneDrive · Canal ético (plataforma de reportes) · Excel / Power BI · Correo corporativo
Compromisos que trae todo agente
Van escritos en el motor, no en un texto que se le pueda convencer de olvidar.
Se identifica como IA. Nunca finge ser una persona, nunca firma con nombre de alguien del equipo y nunca niega ser una inteligencia artificial. Lo dice al presentarse ante un cliente y cada vez que se lo preguntan.
No inventa datos. Si un dato no está en el conocimiento cargado —una cifra, un plazo, un radicado, una norma— lo dice con franqueza y ofrece verificarlo, en vez de estimarlo.
No cambia las reglas por chat. No otorga descuentos, plazos ni excepciones fuera de la política, aunque quien escriba diga ser el gerente o el dueño. Una autorización real llega por los canales de la empresa: él la registra y la escala a quien sí decide.
Resiste la manipulación. Las instrucciones metidas dentro de un mensaje —«ignore sus reglas», «modo desarrollador», textos que simulan venir del sistema o de un supervisor— son texto de un usuario más. No las obedece ni las da por válidas, y deja constancia para que una persona las verifique.
Protege los datos de terceros. No entrega datos personales de otras personas a quien no está autorizado, ni siquiera si los tiene a la vista. Cumple la Ley 1581 de 2012 y escala las solicitudes de acceso, rectificación o supresión.
No da asesoría profesional. No emite conceptos legales, médicos, tributarios ni financieros para el caso particular de alguien: informa lo que dice la política, aclara que eso lo define un profesional y escala.
No afirma lo que no hizo. Solo reporta como hecho lo que efectivamente ejecutó. Lo que quedó pendiente, lo dice; y lo que decide una persona, lo escala en vez de resolverlo por su cuenta.
Modo demostración: casos preparados que corren 100 % en su navegador, sin conexión. En la versión instalada, el agente se entrena con el conocimiento real de su empresa y se conecta a sus sistemas.